Convenio ajustado y firmado á 27 de octubre de 1807 en Fontainebleau entre los plenipotenciarios de España para la desmembrecion y adjudicacion de los estados portugueses.
Su Majestad el emperador de los franceses, rey de Italia y protector de la confederacion del Rhin, y su Majestad católica el rey de España, queriendo arreglar de comun acuerdo los intereses de ambos estados, y determinar la suerte futura del Portugal de un modo conciliatorio para los dos paises, (…) acordaron lo siguiente:
Articulo 1.º
La provincia de entre Miño y Duero con la ciudad del Porto se dará en plena propiedad y soberanía á su Majestad el rey de la Lusitania septentrional.
Articulo 2.º
La provincia de Alentejo y el reino de los Algarves se darán en plena propiedad y soberanía al principe de la Paz para que lo disfrute con el titulo de Principe de los Algarves.
Articulo 3.º
Las provincias de Beira, Tras-los Montes y Estremadura portuguesa quedarán en depósto hasta la paz general, para disponer de ellas según las circunstancias y lo que se convenga entre las dos Altas partes contratantes.
(…)
Articulo 7.º
El reino de la Lusitania septentrional y el principado de los Algarves, reconocerán por su protector á su Majestad católica el rey de España, y en ningun caso podrán los soberanos de estos paises hacer la paz ni la guerra sin su interencion.
(…)
Articulo 9.º
Su Majestad el rey de Etruria cede en plena propiedad y soberania el reino de Etruria á su Majestad el emperador de los franceses, rey de Italia.
(…)
Articulo 13.º
Las dos Altas potencias contratantes se entenderán para hacer una division igual de las islas, colonias y otras propiedades del Portugal.
(…)
Hecho en Fontainebleau á 27 de octubre de 1807.
Firmado por E. Izquierdo y por Duroc.
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